
30 diciembre 2009
23 diciembre 2009
21 diciembre 2009
19 diciembre 2009
16 diciembre 2009
Copa de Navidad en Navia, Asturias
El próximo sábado 19 de diciembre el eurodiputado asturiano Salvador Garriga celebrará las fiestas navideñas con los afiliados del Partido Popular de Navia, con quienes compartirá una copa a partir de las 12,30 horas en el Centro Cultural El Liceo, sito en la calle Maestro Sama de Navia.
09 diciembre 2009
Fondos Estructurales
PREGUNTA ESCRITA E-5033/09
de Salvador Garriga Polledo (PPE)
a la Comisión
Asunto: Situación del Sistema de Control y Gestión de los Fondos Estructurales en España
La Comisión Europea presentó a mediados de septiembre de 2009 un informe que recoge el estado de aprobación de los sistemas de gestión y control (Management and Control System) y de los grandes proyectos para la rúbrica 1b de las Perspectivas Financieras.
En este informe queda reflejado que la Comisión Europea, a 7 de septiembre de 2009, dos años después de la puesta en marcha de los nuevos programas operativos de Fondos Estructurales para el periodo 2007-2013, no ha aprobado ni uno sólo de los sistemas de control y gestión presentados por las autoridades españolas.
En consecuencia, y en aplicación del artículo 71 del Reglamento (CE) 1083/2006[1] del Consejo por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo FEDER, FSE y al Fondo de Cohesión, las autoridades españolas no han presentado ni una sola solicitud de pago a la Comisión.
Por tanto, la única cantidad abonada por la Comisión Europea para la ejecución de los Programas españoles 2007-2013 es el importe de prefinanciación.
¿Podría la Comisión aclarar por qué se está produciendo un retraso tan notorio en la aprobación por la CE de los sistemas de gestión y control presentados por las autoridades españolas?
¿Qué consecuencias pueden derivarse en relación a los Fondos recibidos por dicho Estado miembro?
¿Corre el riesgo España de perder una buena parte de los fondos que le han sido asignados en virtud de la política de cohesión europea?
¿En qué momento empezaría a tener efecto la aplicación de la regla de descompromiso automático de los créditos de no ejecutados?
[1] DO L 210 de 31.7.2006, p. 25.
de Salvador Garriga Polledo (PPE)
a la Comisión
Asunto: Situación del Sistema de Control y Gestión de los Fondos Estructurales en España
La Comisión Europea presentó a mediados de septiembre de 2009 un informe que recoge el estado de aprobación de los sistemas de gestión y control (Management and Control System) y de los grandes proyectos para la rúbrica 1b de las Perspectivas Financieras.
En este informe queda reflejado que la Comisión Europea, a 7 de septiembre de 2009, dos años después de la puesta en marcha de los nuevos programas operativos de Fondos Estructurales para el periodo 2007-2013, no ha aprobado ni uno sólo de los sistemas de control y gestión presentados por las autoridades españolas.
En consecuencia, y en aplicación del artículo 71 del Reglamento (CE) 1083/2006[1] del Consejo por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo FEDER, FSE y al Fondo de Cohesión, las autoridades españolas no han presentado ni una sola solicitud de pago a la Comisión.
Por tanto, la única cantidad abonada por la Comisión Europea para la ejecución de los Programas españoles 2007-2013 es el importe de prefinanciación.
¿Podría la Comisión aclarar por qué se está produciendo un retraso tan notorio en la aprobación por la CE de los sistemas de gestión y control presentados por las autoridades españolas?
¿Qué consecuencias pueden derivarse en relación a los Fondos recibidos por dicho Estado miembro?
¿Corre el riesgo España de perder una buena parte de los fondos que le han sido asignados en virtud de la política de cohesión europea?
¿En qué momento empezaría a tener efecto la aplicación de la regla de descompromiso automático de los créditos de no ejecutados?
[1] DO L 210 de 31.7.2006, p. 25.
E-5033/09ES
Respuesta del Sr. Samecki
en nombre de la Comisión
(4.12.2009)
En el artículo 71 del Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo[1], se establece que antes de efectuar el primer pago intermedio, la Comisión tiene que aceptar las evaluaciones sobre la conformidad, en las que se evalúan los sistemas de gestión y control, así como su conformidad con las disposiciones legales.
Efectivamente, la Comisión ha constatado un retraso en la elaboración y la presentación de las evaluaciones de conformidad. No obstante, la situación descrita en la pregunta de Su Señoría se corresponde con la información disponible a 7 de septiembre de 2009 y la Comisión puede confirmar a Su Señoría que, entre tanto, la situación ha mejorado notablemente.
Hasta la fecha, la Comisión ha aprobado oficialmente 14 evaluaciones de conformidad relativas a programas españoles y otro conjunto de ellas se encuentra en proceso interno de aprobación. Gracias a la cooperación entre la Comisión y las autoridades españolas, se espera que las mejoras solicitadas para las evaluaciones de conformidad aún pendientes se reciban y se aprueben a finales de 2009.
El requisito de la evaluación de la conformidad no tiene ninguna incidencia en la norma de liberación automática de los compromisos (conocida como norma N+2).
De hecho, la aplicación de la norma N+2 se basa en las solicitudes recibidas a 31 de diciembre [artículo 93 del Reglamento (CE) nº 1083/2006] y no está vinculada al pago efectivo de las solicitudes presentadas. Por consiguiente, las autoridades españolas tienen la oportunidad de enviar solicitudes de reembolso a la Comisión para cubrir el importe comprometido en 2007 hasta el final de 2009, aunque el pago efectivo de dichas reclamaciones deba aplazarse hasta que la evaluación de la conformidad sea aceptada por la Comisión.
Como se describe en el artículo 97 del Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo, la Comisión informará oportunamente a los Estados miembros y las autoridades competentes siempre que exista riesgo de aplicación de una liberación automática, basándose en la información de que dispone. Los Estados miembros tienen dos meses para aprobar el importe o presentar observaciones. La Comisión procederá a la liberación automática como muy tarde a finales de septiembre de 2010.
[1] Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo, de 11 julio 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión y se deroga el Reglamento (CE) nº 1260/1999 (DO L 210 de 31.7.2006).
Respuesta del Sr. Samecki
en nombre de la Comisión
(4.12.2009)
En el artículo 71 del Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo[1], se establece que antes de efectuar el primer pago intermedio, la Comisión tiene que aceptar las evaluaciones sobre la conformidad, en las que se evalúan los sistemas de gestión y control, así como su conformidad con las disposiciones legales.
Efectivamente, la Comisión ha constatado un retraso en la elaboración y la presentación de las evaluaciones de conformidad. No obstante, la situación descrita en la pregunta de Su Señoría se corresponde con la información disponible a 7 de septiembre de 2009 y la Comisión puede confirmar a Su Señoría que, entre tanto, la situación ha mejorado notablemente.
Hasta la fecha, la Comisión ha aprobado oficialmente 14 evaluaciones de conformidad relativas a programas españoles y otro conjunto de ellas se encuentra en proceso interno de aprobación. Gracias a la cooperación entre la Comisión y las autoridades españolas, se espera que las mejoras solicitadas para las evaluaciones de conformidad aún pendientes se reciban y se aprueben a finales de 2009.
El requisito de la evaluación de la conformidad no tiene ninguna incidencia en la norma de liberación automática de los compromisos (conocida como norma N+2).
De hecho, la aplicación de la norma N+2 se basa en las solicitudes recibidas a 31 de diciembre [artículo 93 del Reglamento (CE) nº 1083/2006] y no está vinculada al pago efectivo de las solicitudes presentadas. Por consiguiente, las autoridades españolas tienen la oportunidad de enviar solicitudes de reembolso a la Comisión para cubrir el importe comprometido en 2007 hasta el final de 2009, aunque el pago efectivo de dichas reclamaciones deba aplazarse hasta que la evaluación de la conformidad sea aceptada por la Comisión.
Como se describe en el artículo 97 del Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo, la Comisión informará oportunamente a los Estados miembros y las autoridades competentes siempre que exista riesgo de aplicación de una liberación automática, basándose en la información de que dispone. Los Estados miembros tienen dos meses para aprobar el importe o presentar observaciones. La Comisión procederá a la liberación automática como muy tarde a finales de septiembre de 2010.
[1] Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo, de 11 julio 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión y se deroga el Reglamento (CE) nº 1260/1999 (DO L 210 de 31.7.2006).
04 diciembre 2009
03 diciembre 2009
Pregunta y respuesta de la CE sobre El Musel como puerto refugio
E-5316/09ES
Respuesta del Sr. Tajani
en nombre de la Comisión
(2.12.2009)
El artículo 20 bis, apartado 4, de la Directiva 2009/17/CE[1] establece la obligación para los Estados miembros de informar a la Comisión a más tardar el 30 de noviembre de 2010 de las medidas adoptadas respecto de la elaboración de planes de acogida de buques necesitados de asistencia.
Hasta la fecha, las autoridades españolas no han informado a la Comisión de dichas medidas.
[1] DO L 131 de 28.5.2009, p. 101.
Respuesta del Sr. Tajani
en nombre de la Comisión
(2.12.2009)
El artículo 20 bis, apartado 4, de la Directiva 2009/17/CE[1] establece la obligación para los Estados miembros de informar a la Comisión a más tardar el 30 de noviembre de 2010 de las medidas adoptadas respecto de la elaboración de planes de acogida de buques necesitados de asistencia.
Hasta la fecha, las autoridades españolas no han informado a la Comisión de dichas medidas.
[1] DO L 131 de 28.5.2009, p. 101.
PREGUNTA ESCRITA E-5316/09
de Salvador Garriga Polledo (PPE)
a la Comisión
Asunto: El Musel como puerto de refugio
Según la legislación comunitaria (Directiva 2009/17/CE[1], Directiva 2002/59/CE[2]) se considera «lugar de refugio» el puerto, la parte del puerto o todo atracadero o fondeadero de protección o cualquier otra zona protegida definida por un Estado miembro para acoger a buques en peligro o necesitados de asistencia, es decir, todo buque en situación de naufragio o que pueda suponer un peligro para el medio ambiente o la navegación.
Recientemente, el Ministro de Fomento español, Sr. D. José Blanco, ha manifestado en el Congreso de los Diputados, en España, la posibilidad de que el puerto de EL Musel (Asturias) pueda servir como puerto/lugar de refugio para grandes buques y tratar así de evitar catástrofes como la que, en su día, se produjo con el Prestige, el Urquiola, etc.
A la vista de estas declaraciones, ¿podría indicarnos la Comisión si el Gobierno español le ha manifestado su decisión de convertir al puerto de El Musel en un gran puerto de refugio?
[1] DO L 131 de 28.5.2009, p. 101.
[2] DO L 208 de 5.8.2002, p. 10.
de Salvador Garriga Polledo (PPE)
a la Comisión
Asunto: El Musel como puerto de refugio
Según la legislación comunitaria (Directiva 2009/17/CE[1], Directiva 2002/59/CE[2]) se considera «lugar de refugio» el puerto, la parte del puerto o todo atracadero o fondeadero de protección o cualquier otra zona protegida definida por un Estado miembro para acoger a buques en peligro o necesitados de asistencia, es decir, todo buque en situación de naufragio o que pueda suponer un peligro para el medio ambiente o la navegación.
Recientemente, el Ministro de Fomento español, Sr. D. José Blanco, ha manifestado en el Congreso de los Diputados, en España, la posibilidad de que el puerto de EL Musel (Asturias) pueda servir como puerto/lugar de refugio para grandes buques y tratar así de evitar catástrofes como la que, en su día, se produjo con el Prestige, el Urquiola, etc.
A la vista de estas declaraciones, ¿podría indicarnos la Comisión si el Gobierno español le ha manifestado su decisión de convertir al puerto de El Musel en un gran puerto de refugio?
[1] DO L 131 de 28.5.2009, p. 101.
[2] DO L 208 de 5.8.2002, p. 10.
02 diciembre 2009
01 diciembre 2009
EL PP DEFIENDE EL LEVANTAMIENTO DE LA VEDA DE LA ANCHOA
La Comisión de Pesca del PE pide la intervención de la Agencia de Control de Vigo
El Partido Popular español defendió hoy el levantamiento de la veda de la anchoa a partir del próximo mes de enero, a la vista de los resultados de la campaña de evaluación científica realizada el pasado otoño por el instituto vasco Azti (Centro Tecnológico del Mar y de los Alimentos).
"Los resultados de esa campaña de evaluación indican una mejoría notable de los recursos de la anchoa que justificarían el establecimiento de, al menos, una pequeña cuota de pesca cautelar para el primer semestre del año, en espera de los resultados de las campañas científicas que se realizará en la primavera", según la opinión manifestada por el eurodiputado Carlos Iturgáiz, después de que tuviera lugar votación en la Comisión de Pesca del Parlamento Europeo del informe sobre el plan a largo plazo para la gestión de esa especie en el Golfo de Vizcaya.
El diputado asturiano Salvador Garriga mostró su extrañeza porque la ponente del informe parlamentario, la eurodiputada vasca Izaskun Bilbao Barandica, haya rechazado las enmiendas presentadas por el PP a favor de que los trabajos del instituto vasco se tengan en cuenta permanentemente en el contexto del plan a largo plazo para la anchoa.
En opinión de Garriga, "la posición de la ponente, contraria a la gran mayoría de las enmiendas presentadas por el PP, no sólo no se justifica de ninguna forma, pues dichas enmiendas tenían en cuenta los intereses del sector español, sino que deslegitima la labor científica que lleva realizando desde hace seis años ese instituto".
Gabriel Mato, miembro también de la comisión parlamentaria, destacó que el Partido Popular ha demostrado durante el voto del informe "una gran seriedad al no interponer los intereses políticos a los intereses del sector español, apoyando prácticamente todas las enmiendas elaboradas por la ponente del informe".
Iturgáiz, afirmó, no obstante, que, "a pesar de todo, el resultado del voto es muy positivo para el sector español de la anchoa y el informe final incluye gran parte de los postulados defendidos por el PP".
Dicho proyecto solicita entre otras medidas -a pesar también del voto en contra de la ponente- que la Agencia de Control de Pesca de Vigo ponga en marcha un plan en esta pesquería con el fin de mejorar la coordinación de las acciones de control de los Estados miembros implicados en el caladero.
"Los resultados de esa campaña de evaluación indican una mejoría notable de los recursos de la anchoa que justificarían el establecimiento de, al menos, una pequeña cuota de pesca cautelar para el primer semestre del año, en espera de los resultados de las campañas científicas que se realizará en la primavera", según la opinión manifestada por el eurodiputado Carlos Iturgáiz, después de que tuviera lugar votación en la Comisión de Pesca del Parlamento Europeo del informe sobre el plan a largo plazo para la gestión de esa especie en el Golfo de Vizcaya.
El diputado asturiano Salvador Garriga mostró su extrañeza porque la ponente del informe parlamentario, la eurodiputada vasca Izaskun Bilbao Barandica, haya rechazado las enmiendas presentadas por el PP a favor de que los trabajos del instituto vasco se tengan en cuenta permanentemente en el contexto del plan a largo plazo para la anchoa.
En opinión de Garriga, "la posición de la ponente, contraria a la gran mayoría de las enmiendas presentadas por el PP, no sólo no se justifica de ninguna forma, pues dichas enmiendas tenían en cuenta los intereses del sector español, sino que deslegitima la labor científica que lleva realizando desde hace seis años ese instituto".
Gabriel Mato, miembro también de la comisión parlamentaria, destacó que el Partido Popular ha demostrado durante el voto del informe "una gran seriedad al no interponer los intereses políticos a los intereses del sector español, apoyando prácticamente todas las enmiendas elaboradas por la ponente del informe".
Iturgáiz, afirmó, no obstante, que, "a pesar de todo, el resultado del voto es muy positivo para el sector español de la anchoa y el informe final incluye gran parte de los postulados defendidos por el PP".
Dicho proyecto solicita entre otras medidas -a pesar también del voto en contra de la ponente- que la Agencia de Control de Pesca de Vigo ponga en marcha un plan en esta pesquería con el fin de mejorar la coordinación de las acciones de control de los Estados miembros implicados en el caladero.
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